¿Tienes una orden de expulsión o pediste asilo? El nuevo Real Decreto es tu "escudo" legal
⚖️ Consejo Legal Rápido
🛡️ ¿Tienes una orden de expulsión o pediste asilo? El nuevo Real Decreto puede convertirse en tu “escudo” legal
Si estás en España en situación irregular, el miedo a una identificación o a una orden de expulsión es constante. Pero hay una novedad muy relevante: el Proyecto de Real Decreto no solo busca abrir una vía de regularización, sino que está diseñado para frenar la expulsión mientras se tramita la residencia.
Es el momento ideal para que revises tu situación, porque el borrador del Gobierno trae tres "salvavidas" que debes conocer:
🛑 1. Suspensión inmediata de expulsiones y retornos
Este es uno de los puntos más potentes del nuevo texto. Si tienes un procedimiento de retorno o una decisión de expulsión por estancia irregular o trabajar sin permiso, la simple presentación de tu solicitud de regularización suspende automáticamente la ejecución de esa expulsión.
✔️ En resumen: presentar tu expediente bajo este Real Decreto puede paralizar tu salida obligatoria de España hasta que se resuelva tu caso.
📑 2. Antecedentes penales y declaración responsable
Uno de los mayores miedos es la demora de los consulados para emitir el certificado de antecedentes penales. El proyecto introduce una solución clave:
El proyecto dice que, si acreditas haber solicitado el certificado a tu país y pasa un mes sin recibirlo, la Administración podrá intentar recabarlo y, si no lo logra en otro mes, podrás presentar una declaración responsable. Con esto, la administración dará por cumplido el requisito y no se bloqueará tu trámite. Una facilidad sin precedentes.
📂 3. Cómo demostrar los 5 meses de permanencia
Tal y como ya explicamos en nuestro artículo Regularización de Extranjeros 2026 en España: Requisitos del Proyecto de Real Decreto , no hace falta estar empadronado los 5 meses para poder entrar en este proceso.
El nuevo texto confirma que puedes utilizar cualquier prueba válida en Derecho. Esto incluye:
- Documentos públicos: citas médicas, abonos de transporte, envíos de dinero.
- Documentos privados o una combinación de ambos.
- Cualquier prueba de tu residencia habitual en cualquier unidad de documentación de España.
💼 ¿Trabajas o pediste asilo? Tienes una ventaja estratégica
Muchos nos preguntáis por los ingresos económicos. Bien, pues aquí hay una noticia excelente: este proceso no exige un mínimo de dinero ahorrado.
- Para los solicitantes de asilo:Sois el colectivo con más ventaja. Al haber tenido permiso de trabajo durante vuestro proceso de protección internacional, podéis acreditar fácilmente que habéis estado trabajando, cumpliendo así con uno de los requisitos estrella de la Autorización Única.
- ¿Y si no tengo contrato?: No te preocupes. El Real Decreto es muy humano y presumirá que estás en situación de vulnerabilidad por el simple hecho de estar en situación irregular en España. Esto te abre la puerta a la regularización sin necesidad de presentar nóminas ni contratos previos.
⏳ Recuerda: Solo hay 3 meses de margen
Aunque el plazo para solicitar estas autorizaciones (tanto la de Asilo como la Única) estará abierto previsiblemente hasta el 30 de junio de 2026, no puedes esperar a que el sistema se colapse. Como te explicamos anteriormente, obtener y legalizar documentos lleva tiempo. Quien presente su solicitud el primer día de abril, obtendrá su permiso provisional de trabajo en solo 15 días; quien espere a junio, se enfrentará a una administración saturada
“Una buena estrategia desde el primer día puede marcar la diferencia entre trabajar legalmente o quedar bloqueado por un error evitable.”
⚖️ ¿Cómo podemos ayudarte?
No todos los casos son iguales y una mala presentación puede significar la pérdida de tu autorización provisional de trabajo.
¿Tienes una orden de expulsión o eres solicitante de asilo?
Prepara tu “escudo” legal antes de que se abra el plazo oficial y evita riesgos innecesarios.
CONTACTO